Pedagogía post-Estatut (2)

Que el nuevo Estatut ha sido aprobado con un amplio consenso social es indudable. Pero ciertos sectores de la sociedad catalana, aun siendo minoritarios, expresan un rechazo más o menos contundente, espoleados por cuestiones muy específicas que vienen a ser, para cada uno de ellos, la piedra de toque de su respectiva interpretación de las consecuencias políticas de la reforma estatutaria.

Por ejemplo: el Estatut no incluye un sistema de financiación confederal a la manera del concierto vasco, principal motivo de desafección al nuevo texto para algunos sectores del nacionalismo catalán. Vimos la semana pasada las razones por las cuales en ningún caso la aspiración al concierto es legítima, siempre que estemos dispuestos a mantenernos dentro del marco constitucional.

Pero es necesario disipar las reticencias hacia el nuevo Estatut no solo a diestro, sino también a siniestro. No solo entre los nacionalistas catalanes, sino también entre los nacionalistas españoles. De la misma manera que el Estatut ha frustrado a aquellos nacionalistas catalanes que esperaban del Estatut la conquista del concierto, también ha excitado aquellos nacionalistas españoles que aspiraban a solucionar lo que ellos consideran una clara y discriminatoria postergación de la lengua castellana de la vida pública, administrativa y oficial de Catalunya.

El problema, según ellos, estriba en el artículo 6.1. del nuevo Estatut, que consagra el catalán como lengua vehicular de la escuela y como lengua de uso preferente y habitual de la Administración de la Generalitat y en sus medios de comunicación públicos. ¿Por qué si Catalunya es una sociedad bilingüe, por qué si tanto el catalán como el castellano son lenguas propias de los ciudadanos de Catalunya, sólo una de las dos lenguas puede tener la condición de “vehicular”?

La respuesta es tan simple como la propia pregunta. En aquellos países bilingües donde se ha optado por tener dos lenguas vehiculares -véase el caso del País Vasco- la solución ha sido, y no podría ser otra, establecer dos redes escolares separadas. Y una sociedad con dos redes separadas en función de la lengua es una sociedad condenada a la diglosia y a la falta de cohesión social.

Esto explica que el sistema educativo catalán haya optado por tener una única lengua vehicular; y, tratándose de elegir una, lo normal es que sea el catalán, en aras a su preservación. Lo cual no significa que el castellano no pueda –y no deba- tener una presencia suficiente y adecuada en este mismo sistema escolar público.

En cuanto al uso preferente en la Administración autonómica y en los medios de comunicación públicos, no hace falta ser un experto en sociolingüística para saber que, en el contexto actual, es difícil garantizar la salud de una lengua demográficamente minoritaria sin proporcionarle el apoyo un aparato administrativo y mediático. Igual como el castellano tiene garantizada su correcta preservación por ser la lengua de uso habitual en muchas administraciones públicas y muchos sistemas públicos de comunicación, el Estatut no hace más que consagrar estas mismas garantías para el catalán.

Para los nacionalistas catalanes la ausencia del concierto es la prueba del sometimiento de Catalunya a una España incapaz de entender y reconocer su pluralidad y su plurinacionalidad. Para los nacionalistas españoles la oficialización del catalán como lengua vehicular es la prueba de la proto-ruptura de Catalunya con España. Lo seguro es que ambos no pueden tener razón al mismo tiempo.