Nación, el término fatídico de la Constitución (y 2)
Sigue el culebrón del Tribunal Constitucional, sin capacidad para dictar la sentencia del Estatut. Y seguimos nosotros con nuestra reflexión sobre las dificultades que algunas interpretaciones de la Constitución generarían, no ya para la constitucionalidad del texto estatutario, sino para la coherencia de la propia Constitución.
Uno de los motivos de divorcio irreversible dentro del Tribunal es que el Estatut utiliza la palabra “nación” como sinónimo de “nacionalidad”. El término “nacionalidad”, indica la doctrina constitucional, no puede incluir la menor sombra de “soberanía”. Mientras que el sector progresista del Tribunal defiende acérrimamente que “nación” no necesariamente implica soberanía, el sector conservador defiende, tanto o más acérrimamente, que asimilar el término “nación” con el término “nacionalidad” es concederle a éste un componente de soberanía que la Constitución nunca le quiso dar. De ahí, según ellos, la inconstitucionalidad de la identificación.